sábado, 9 de octubre de 2010

LA OMIC DE PINAMAR NOS INFORMA II

Señor Consumidor usted debe tener en cuenta que los contratos de los servicios de Tarjetas de Crédito se renuevan automáticamente. Por más que el vencimiento del plástico esté fijado, si no manifiesta su negativa para la renovación, las emisoras se encargan de que siga cautivo.
En tal sentido el artículo 10º de la ley 25.065 de Tarjetas de Crédito fija que el usuario debe comunicar su negativa para la renovación antes de 30 días de la fecha de renovación.
Es decir que en caso que no quiera la renovación deberá presentar una nota con copia para ser sellada por el banco al momento de la recepción. Y si se rehúsan a recibirla deberá hacer una carta documento. Esa es la manera fehaciente de comunicar que no desea la renovación.

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