viernes, 7 de septiembre de 2018
AUDIENCIA PUBLICA POR AUMENTO DE PASAJE URBANO EMPRESA MONTEMAR II
Aproximadamente 60 personas concurrieron a la Audiencia Pública que dió inicio a las 18,28 hs. presidida por los concejales Bermudez, Merlo, Ponce, Migliorini, y Ventoso, por el D.E. estuvo presente el Director de Ecología Sr. Sanchez, habiendo faltado a la cita los abogados Martín Rapallino y Guillermo Benitez (Sec.de Gobierno).
REGLAMENTO DE LAS AUDIENCIAS PUBLICAS:
PRIMERO: Se entiende por audiencia pública la instancia de participación en el proceso previo al dictado del acto administrativo que otorgue o deniegue la factibilidad de un emprendimiento urbano cerrado, con el objeto de que la autoridad política y administrativa acceda a las distintas opiniones sobre el mismo.
SEGUNDO: Las opiniones recogidas durante la Audiencia Pública, son de carácter consultivo y no vinculante. En la motivación del acto que otorgue o deniegue la factibilidad, deberá constar de qué manera se ha tomado en cuenta la opinión de los participantes en la Audiencia y según el caso, las razones por las cuales se las desestima.
TERCERO: Cumplimentados los requisitos establecidos en el Artículo 6° del Decreto N° 9.404/86, el Departamento Ejecutivo o la dependencia en la cual se delega la responsabilidad, convocará a la audiencia, con una antelación no menor a diez días. La convocatoria deberá contener:
a) El objeto de la audiencia.
b) La fecha y el lugar de la Audiencia.
c) La dependencia donde se puede tomar vista del expediente, inscribirse para ser participante en la Audiencia y presentar documentación.
d) Funcionario responsable de la instrucción de la audiencia.
e) Los funcionarios municipales que deben estar presentes en la Audiencia.
CUARTO: La publicación debe iniciarse con una antelación no menor a diez (10) días respecto de la fecha fijada para su realización y será efectuada en:
a) En los dos diarios de mayor circulación en el partido durante un mínimo de un (1) día.
b) En una emisora radial del partido durante un mínimo de dos (2) días.
Los costos de la publicidad de la audiencia serán a cargo del emprendedor y deberá contener los requisitos establecidos en los incisos a), b), c) y d) del artículo tercero.
QUINTO: Se considerará participante en la audiencia toda persona física o jurídica con domicilio en la jurisdicción territorial de la Municipalidad convocante. Debe invocar un derecho o un interés relacionado con la temática objeto de la audiencia e inscribirse ante contribuyente de las tasas y contribuciones municipales e impuestos provinciales y estar al día con los mismos.
SEXTO: Las personas jurídicas podrán participar por medio de sus representantes legales o de un apoderado, acreditada la representación en debida forma. Se admitirá un solo orador en su representación.
SÉPTIMO: Los participantes podrán participar haciendo una presentación por escrito o bien en forma oral, de conformidad al orden establecido por el funcionario responsable de la tramitación de la audiencia y por el tiempo que el mismo estipule.
OCTAVO: Serán expositores los funcionarios municipales, concejales, así como expertos en cuestiones legales que comuniquen a la dependencia de implementación su intención de participar a fin de posibilitar la confección completa del orden del día.
NOVENO: Con anterioridad al inicio de la Audiencia, el organismo de implementación debe organizar el espacio físico, de forma tal que su distribución contemple la absoluta paridad de los participantes intervinientes. Asimismo, debe proveerse de lugares físicos apropiados para el público y para la prensa, permitiendo filmaciones, videograbaciones y otros medios de registro. Debe desarrollarse en sitios de fácil acceso, para posibilitar una amplia participación ciudadana.
DÉCIMO: El funcionario responsable de la audiencia tendrá el carácter de presidente de la misma y tendrá como cometido esencial diligenciar la misma desde el momento de su convocatoria hasta la finalización de la misma. A tal efecto estará facultado para:
a) Realizar la presentación de los objetivos y reglas de funcionamiento de la audiencia.
b) Decidir sobre la procedencia de los expositores no registrados.
c) Decidir sobre la pertinencia de las preguntas formuladas.
d) Disponer la interrupción, suspensión, prórroga o postergación de la sesión, así como su reapertura o continuación, cuando lo estime conveniente, de oficio o a pedido de algún participante.
e) Hacer desalojar la sala cuando resulte indispensable para el normal desarrollo de la audiencia.
DECIMOPRIMERO: Finalizada la Audiencia, el funcionario responsable deberá incorporar al expediente la versión desgravada y las notas tomadas de la Audiencia, dando cuenta de la fecha en que sesionó la audiencia, los funcionarios presentes, la cantidad de expositores y participantes.
El primero en hacer uso de la palabra fue el Sr.Vecchio por la Empresa Montemar, expresando los porque de la necesidad de los aumentos solicitados.
También dejó explicitado que esta Audiencia se debería haber realizado en el mes de mayo, pues Montemar presentó la necesidad de recomponer su boleto en el mes de abril pasado, pudiendo haberse encarado un aumento escalonado no tan shockeante como el actual solicitado, pues sino queda comprometido el funcionamiento de la Empresa.
Muchos pasajeros cuestionaron la frecuencia como el levantamiento de algunos servicios los fines de semana (zona Golf de Pinamar), a lo cual Vecchio respondió que el D.E. fue notificado de los cambios, y cuya finalidad era la de poder continuar el servicio en vez de cancelarlo.
Manifestó que al momento no está cobrando los subsidios ya que adeuda aportes jubilatorios,actitud que tomó para privilegiar el pago de los sueldos de sus empleados.
Siguieron las quejas de los vecinos, haciendo referencia a no respeto de horarios, ante los cambios de frecuencia se han perdido noción a que hora deben esperarlos yendo en detrimento de menores que deben permanecer mucho tiempo en la espera del servicio, con el consiguiente riesgo para ellos.
Finalmente en los últimos minutos de esta Audiencia el ambiente se tornó tenso, que seguramente se prolongará mañana durante la sesión ordinaria cuando el dictamen sea elevado al órden del día sobre tablas.
Este grupo de vecinos integrado por Mariana Dufour, Rubén Vaquer, José A.Nercellas, Enrique Gimenez (padre) y el concejal Gregorio Estanga (pido disculpas si he obviado a alguno), reclamó para mañana cuando se trate en la sesión ordinaria el dictamen de la Audiencia Publíca la presencia de un funcionario de nivel del área de Hacienda, porque tambien le van a requerir o preguntar si la Municipalidad está en condiciones de brindar un subsidio a la Empresa acorde al que recibía de Nación (aprox. $1.200.000) con la finalidad que la suba del boleto no sea tan significativa.

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