MARCOS GUERRERO
En pocas horas tendremos otra reunión con funcionarios del Ejecutivo pero ya es tarde, los números no cierran por ningún lado por no haber hecho lo que había que hacer cuando correspondía. Hace semanas que siento tristeza, bronca e impotencia por la situación a la que han llevado a nuestro Municipio (primero perdimos la oportunidad histórica de hacer la planta depuradora y ahora tenemos una situación económica y financiera muy comprometida). Analizo las causas y veo imprudencia, irresponsabilidad, exceso de confianza. No veo reacción, ni rumbo, solo frustración por no tener lo que se quiere: un aumento que convalide todo lo realizado. Aunque se apruebe un incremento en las tasas similar a la inflación pasada ni siquiera se puede garantizar una paritaria para el empleado municipal en el 2020. Me pregunto si desde PROPIN advertimos suficientemente de lo que iba a ocurrir y de lo que estaba pasando y veo que sí (ver por ejemplo el Decreto aprobado en mayo del 2019 por el HCD que es esclarecedor). Constantemente encuentro actas de sesiones, notas y documentos en las cuales señalamos las falencias al gobierno y los desequilibrios. ¿Se confiaron? ¿No les importa? ¿Y ahora cual es la solución mas justa o razonable para salir de esta crisis? ¿Lo paga el contribuyente con un impuestazo?¿ el empleado municipal pierde parte de su poder adquisitivo? ¿todos un poco? ¿Cuáles son las consecuencias para el político que da o se compromete sin previa autorización o contar con los recursos suficientes?
VISTO:
El expediente Nº 4123-0815/2019 Cpo. 1, Cpo. 2, Cpo. 3 y Cpo. 4 caratulado: RENDICIÓN DE CUENTAS - EJERCICIO 2018; y
CONSIDERANDO:
Que según lo dispuesto por el Artículo 192º inciso 5 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el Artículo 23º de la Ley Nº 10869 y el Artículo 68º inciso 4º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Honorable Concejo Deliberante, dentro del Período de Sesiones Ordinarias, debe reunirse en Sesión Especial para tratar la Rendición de Cuentas Municipal;
Que el Tribunal de Cuentas a fin de cumplimentar lo dispuesto por los artículos 23º y 24° (según texto Ley Nº 13963) de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias, ha dictado la Resolución N° 449/2011 por medio del cual exige documentación detallada al titular del Departamento Ejecutivo que debe presentar ante el Concejo Deliberante;
Que el Intendente eleva la Rendición de Cuentas pero omite la remisión de información importante para su análisis, entre las cuales puede mencionarse: 1) Estado de Ejecución del Presupuesto de Gastos por objeto del gasto (ver inc. a del Anexo II), 2) Estado de Ejecución de la Planta de Personal aprobada y ocupada (ven Anexo III), 3) Informe del Contador Municipal sobre la ejecución de los Recursos Afectados, con indicación de los rubros por los cuales fueron ingresados los recursos y las partidas del Presupuesto de Gastos por las cuales se gastaron, dejándose asimismo constancia de la aplicación financiera de los Saldos del Ejercicio Anterior (ver inc. g ANEXO IV), 4) Estado de Situación Patrimonial (ANEXO VIII), 5) Informe del titular del Departamento Ejecutivo, respecto del cumplimiento de los programas y planes de gobierno de su respectivo presupuesto y 6) Informes establecidos por los artículos 28º y 29º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios Piloto aprobados por el artículo 3º del Decreto Nº 2980/00 y declarado de aplicación por el artículo 9º de la Ley Nº 13295 -Ejecuciones Físicas Trimestrales de Metas, Proyectos y Obras y causas de sus desvíos- (ANEXO XI);
Que el Departamento Ejecutivo continúa sin dar cumplimiento a las Ordenanzas que garantizan la transparencia de los actos públicos en nuestro Municipio (ver Ordenanza Nº 3798/10 y modificatorias y 4852/16 sobre acceso a los sistemas informáticos y el RAFAM; y las Comunicación Nº 3327/16 y 3363/16. En igual sentido puede mencionarse la Resolución del Tribunal de Cuentas N° 449/11 y 015/16 que establecen el acceso irrestricto de los Concejales al sistema RAFAM);
Que en algunos casos las certificaciones emitidas por las entidades bancarias difieren significativamente de la contabilidad Municipal (ver por ej folios 591, 592, 597 y 598);
Que el Inventario de Bienes Patrimoniales continua desactualizado lo que imposibilita conocer en forma real la situación patrimonial del Municipio y facilita que se registren gastos en bienes que no se utilizan;
Que en relación a la planificación, ejecución y control de la obra pública se observaron diversos incumplimientos a la normativa vigente, situación que derivó en varios pedidos de informe, algunos de los cuales no fueron respondidos hasta el día de la fecha (ver Comunicación Nº 3545/18, 3560/18, 3536/18, 3567/18, 3576/18, 3580/18, 3588/18, 3651/18);
Que se elevó al Honorable Tribunal de Cuentas el Expediente Nº 4123-0110/18 Caratulado: "Feria de artesanos de Pinamar - Pasaje peatonal del Teatro del Mar" para que analice las observaciones formuladas al Decreto Nº 0069/18 por medio del cual se otorga a la Asociación civil "Artesanos del Mar del Partido de Pinamar" un permiso de ocupación precaria y de uso gratuito, de un espacio público sito entre la av. Bunge y la calle Jonas, sin observar lo prescripto en el artículo 56 de la Ley Orgánica Municipal;
Que en el marco del Expediente Nº 4123-1952/18 se está llevando a cabo una investigación por supuestas irregularidades en el área de salud en relación a la liquidación de guardias médicas de importante cuantía;
Que varias deudas tributarias de contribuyentes fueron declaradas prescriptas por no encontrarse constancia de intimación o inicio de juicio de apremio (ver Decreto Nº 2284/18, 2389/18 hasta el 2395/18, 2611/18, 2952/18, entre otros);
Que en relación a la situación financiera del Municipio se observan retrocesos en prácticamente en todas las variables en relación al año 2017 como por ejemplo el resultado financiero del Ejercicio, la deuda flotante, la deuda extrapresupuestaria, el equilibrio en el gasto corriente;
Que el Resultado Financiero del Ejercicio fue negativo en 153 millones de pesos aproximadamente (ver fs. 22), a diferencia del año 2017 que fue positivo en 40 millones. El déficit corriente en el ejercicio fue de 64 millones de pesos (908 millones de ingresos corrientes y 972 millones de gastos corrientes), a diferencia del año 2017 que fue positivo en 2 millones. Con respecto a la Deuda flotante el ejercicio cerró en un nivel de 166 millones de pesos aproximadamente y la deuda extrapresupuestaria en 90 millones de pesos (fs. 58/59), a diferencia del año 2017 cuyos montos fueron 76 y 53 millones de pesos respectivamente;
Que las deficiencias en la presentación de la documentación elevada al Concejo Deliberante, el incumplimiento de la normativa referida a transparencia, las irregularidades detectadas en el inventario de bienes físicos y el agravamiento de la situación económica financiera del Municipio, entre otros motivos, impiden la aprobación de la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2018;
Que transcurridos más de tres (3) años de gobierno, muchas de las falencias señaladas resultan inadmisibles, razón por la cual el Cuerpo Deliberativo vería con agrado que el Honorable Tribunal de Cuentas aplique sanciones más severas a los funcionarios responsables e instrumente las medidas necesarias para la ejecuciòn efectiva de los cargos y las multas pecuniarias impuestas, todo ello a los efectos de asegurar el correcto funcionamiento administrativo del Municipio y el cumplimiento de la normativa vigente;
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona el siguiente:
Decreto Nº 3641/19
ARTICULO 1: Desapruébese la Rendición de Cuentas del Ejercicio 2018 presentada por el Departamento Ejecutivo por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto.
ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido, archívese.
Sala de Sesiones, 31 de mayo de 2019

No hay comentarios:
Publicar un comentario