Pinamar, 03 de abril de 2014.
Sr. Presidente del Honorable Concejo
Deliberante de Pinamar
Concejal Maximiliano Santini
S / D.
De mi mayor consideración,
Me dirijo a Ud. para informarle que en el día de la fecha se le ha remitido al Sr. Intendente Municipal nota con el siguiente texto:
“Nos dirigimos a Ud. atentos a que a los vecinos propietarios, les ha llegado a sus domicilios las facturas emitidas por esa Municipalidad para el cobro de la Tasa por Servicios Urbanos. La misma textualmente contiene el siguiente párrafo: La presente factura se ha emitido con la Resolución 53/13 del CAPBA según Ordenanza Tributaria Vigente.
Resulta evidente que el Sr. Intendente ha aplicado la indexación automática prevista en ilegal forma por la ordenanza 4239/13, violando la Ley 25.561 art. 4º. Ello se nota claramente por el aumento en el ítem “1001 Tasa Por Servicios Urbanos” de la factura.
Pero asimismo ha incrementado ilegalmente, sin la aprobación de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, violando el art. 2º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el ítem “1022 Seguridad” de la factura y todos los ítems que siguen en la misma.
Tales incrementos son nulos por aplicación del art. 195 de la Constitución Provincial y art. 240 de la Ley Orgánica Municipal. Por lo expuesto lo intimamos a que en forma inmediata retrotraiga los valores de la Tasa en cuestión, a diciembre de 2012, para que una Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes sanee la irregular situación fiscal del Municipio.
Todo ello sin perjuicio de ampliar, por estos nuevos hechos delictivos, la denuncia penal iniciada el 21/02/2013 causa –IPP-03-03-001826-13 por el delito de
incumplimiento de los deberes de funcionario público- Art. 248 del Código Penal cometidos por todos los concejales, mayores contribuyentes y funcionarios del
Ejecutivo Municipal, que intervinieron en el proyecto, sanción y promulgación de la Ordenanza Nº 4239/13.”
Atentos a la gravedad de los hechos relatados y por Uds. comprobados (Según Carta documento82430279 8, que le Remitiera el Concejal Lucas Ventoso al Intendente Municipal el 19/3/2014), deberán en forma urgente ejercer las competencias determinadas por el art. 249 y siguiente de la LOM, y llamar a Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes para sanear la situación fiscal del Municipio. Asimismo deberán solicitar la inmediata intervención del Honorable Tribunal de Cuentas art. 241 de la LOM.
Poniéndonos a vuestra disposición, lo saludamos atentamente.
Ing. Enrique Mitchelstein
Presidente
Galería Punta Médanos- Local 24-de las Artes y Gaviotas- Pinamar.
aproapinamar@gmail.com
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