"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
miércoles, 19 de noviembre de 2014
LA ASAMBLEA CIUDADANA DE VILLA GESELL CONVOCA.....
El domingo 14 del presente nos reunimos como todos los domingos en el médano de la 310 y playa tratamos el tema del veto del intendente de la zonificación de "El Salvaje" y sus repercusiones en la comunidad y en la prensa. Comentamos las falacias y malas intenciones que incurren quienes aseguran que es una proyecto de baja densidad cuando según Cevige serían 8.000 medidores los solicitados.
La visión de la Asamblea a coincidido con la Justicia durante casi 5 años. Sus expedientes han pasado por varios jueces y varios camaristas que finalmente nos han dado todos los casos la razón en nuestros planteos. La asamblea fue al consejo y explico “IN VOCE” los argumentos precautorios que nos mueven.
Para entender el veto a la ordenanza de zonificación N° 2390 basta tener en cuenta la Ley 25675 y la ley 11723, la primera de orden nacional y la segunda provincial, las cuales establecen los presupuestos mínimos de la política pública ambiental. Esto no fue tomado en cuenta. De alli el veto.
La ampliación de la Cautelar, la pedimos con la autoridad que nos da ser actores del expediente judicial. Y si bien el Juez no puede impedir legislar, también es verdad que los concejales deben legislar bien. En ese caso. Para zonificar se debe hacer un Estudio de Impacto Ambiental de RESPONSABLE, ya que el utilizado por los concejales resulto a todas vistas incompleto.
Recordemos el art 3. de la misma ordenanza que establece:
ARTICULO 3º: Las propuestas de materialización del uso urbano responderán a los lineamientos de este Marco Regulatorio, así como a las exigencias que en la materia estipulan las normas generales de aplicación. Las mismas consistirán en el proyecto urbanístico al que el Departamento Ejecutivo Municipal preste conformidad de acuerdo a las disposiciones de la Ley Provincial N° 11.723.
La Asamblea tuvo oportunidad de llevar como tema a debate la planificación territorial de Gesell y por ende la ordenanza n° 2390 al Taller de Gestión Sustentable de los Humedales de la Provincia de Buenos Aires, organizado por el grupo de investigación en Derecho Ambiental Contemporánea y Políticas Sustentables, del Instituto de ambiente del Colegio de Abogados de Mar del Plata el pasado viernes. Y en este contexto la OPDS, Dirección de Ordenamiento Ambiental territorial propugna la Evaluación de Impacto Integral a los fines de la planificación territorial y la gestión sostenible de los bajos y bañados de aguas semipermanentes para conservar los beneficios ambientales de los mismos
La Asamblea invita a quienes estén interesados en un ordenamiento ambiental territorial a realizar una lectura crítica del Estudio de Impacto Ambiental en forma simultánea con leyes ambientales que rigen las políticas públicas.
Nos llamamos Asamblea Ciudadana Villa Gesell, “en defensa del medano costero” y no somos apocalípticos para información de quienes piensan asi. La ampliación de la Cautelar, la pedimos con la autoridad que nos da ser actores del expediente judicial realizada por la inacción de las autoridades. Y si bien el Juez no puede impedir legislar, también es verdad que los concejales deben legislar bien.
INVITAMOS A LOS VECINOS A REUNIRSE EN ASAMBLEA TODOS LOS DOMINGOS A LAS 11 HS EN 310 Y PLAYA
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