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martes, 26 de noviembre de 2019

A.F.I.P., SE CONOCIERON LOS VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS DE LA FERIA FISCAL DE VERANO


A través del Boletín Oficial el organismo dio a conocer los plazos finales para las declaraciones juradas de este año.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó a través del Boletín Oficial los vencimientos impositivos para la feria fiscal de verano. La misma se registra entre la última semana de enero de 2020 hasta la primera de febrero del mismo año.

A través de la resolución general nr. 4637, se estableció que se deberá presentar la declaración jurada de este plazo hasta el 14 de febrero de 2020, inclusivo. De esta manera, se considerarán cumplidos en tiempo y forma.

Lo que dice la resolución comunicada por la AFIP
Entre los períodos que comprende la feria, no hay vencimientos entre estos días. Esto tiene el objetivo de alivianar la tarea de los profesionales en Ciencias Económicas. Según informa el documento publicado por el organismo: “Mediante la citada resolución general se estableció que durante determinados períodos del año -atendiendo a las ferias dispuestas por el Poder Judicial de la Nación- no se computen los plazos previstos en los distintos procedimientos vigentes ante este Organismo, vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo”.

“Que a fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones cuyos vencimientos operen durante la última semana del mes de enero de 2020 y la primera semana del mes de febrero de 2020, se estima aconsejable disponer un plazo especial para la presentación de declaraciones juradas y/o pagos de determinadas obligaciones. Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Recaudación, de Fiscalización y de Servicios al Contribuyente”, expresa la resolución.

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