El hecho fue perpetrado en septiembre de 2017 a la altura de los kilómetros 403/404 de la Ruta 11. El imputado fue aprehendido cerca de allí con elementos incriminatorios en su poder. El fallo se dictó en el marco de un juicio abreviado.
Se lo condenó a una Pena Única de “Tres años de prisión y dos meses de prisión, comprensiva de la de “ocho meses de prisión en suspenso” dictada por el Juzgado Correccional n° 2 del Departamento Judicial de San Isidro.
"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
No hay comentarios:
Publicar un comentario