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sábado, 21 de diciembre de 2019

CAMPAÑA DE PREVENCION DE ABUSO INFANTIL EN 2019


Campaña de Prevención de Abuso Infantil: “Los Secretos… que hacen mal”. 
La obra de títeres trata sobre el registro y diferenciación infantil entre los secretos buenos y malos, los que hacen bien de los que hacen mal, a fin de que los niños logren identificar que los secretos que rondan al abuso sexual infantil (secretos malos) son necesarios de contar. Asimismo, se aborda y promueve el cuidado del propio cuerpo. Esta obra apunta a la visibilización de las posibles vivencias de ASI y/o malos tratos a los que un niño pudiera estar siendo sometido, a fin de lograr romper el “secreto” que suele hacer invisibles a estas situaciones.

Desde agosto del año 2018 comenzamos a recorrer las escuelas primarias, escuela especial y jardines de infantes (públicas y privadas), con la obra de títeres protagonizada por la profesora de teatro Mavi Serra. Esta obra está dirigida a niños de 3 a 8 años de edad y sus docentes, equipos de orientación escolar y directivos de las instituciones.

Durante los 4 meses de 2018 en que se llevó acabo, la obra se presentó en 13 talleres de 5 instituciones de Pinamar, con la participación de 694 y 45 adultos.

En lo que respecta al año 2019, hemos recorrido: Colegio Tierras del Sur en Nivel Inicial y Primer ciclo primaria; Escuela Primaria Nº 2 Turno Mañana y Turno Tarde, primer y segundo ciclo; Jardín de Infantes 903 Turno Mañana y Turno Tarde; Escuela Primaria Nº 4 Turno Mañana y Turno Tarde primer y segundo ciclo, Escuela Primaria N° 1 Turno Mañana y Turno Tarde, primero, segundo y tercer grado; Jardín de Infantes N° 907, Jardín de Infantes N° 904, y Jardín de Infantes N° 908 alcanzando una participación total de 1574 niños y niñas aproximadamente más sus docentes.

¿Qué se entiende por ASI?

Cualquier clase de búsqueda y/u obtención de placer sexual con un niño o adolescente por parte de un adulto. No es necesario que exista relación física. Esto abarca:

• Relaciones incestuosas, violación, vejación sexual con contacto (tocar al niños, niñas y adolescentes, o alentar o forzarlo a que toque a un adulto para su excitación sexual).

• Abuso sexual sin contacto físico (seducción verbal, solicitud indecente, exhibicionismo de órganos sexuales, realización de actos sexuales en su presencia, uso de niños y adolescentes para material pornográfico).

Ley 12807, art. 3: “Todo funcionario o empleado público que tome conocimiento de

comisión de un abuso sexual contra un niño, deberá denunciarlo, bajo apercibimiento (…)”

¿Qué debe hacer el educador/a?

En caso de presunción o constatación de la existencia de abuso intrafamiliar del niño, la escuela será quien realice la denuncia en forma inmediata, considerando además las acciones de sostén y acompañamiento en articulación con el Servicio Local de Prevención y Protección de Niños.

La denuncia debe realizarla el Equipo de Conducción acompañado por el Equipo de Orientación Escolar.

La denuncia debe realizarse SIEMPRE. Lo que se denuncia es la presunción o sospecha de ASI a partir del relato del niño o de un adulto responsable.

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