"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
miércoles, 11 de febrero de 2015
TRIBUNAL DE CUENTAS, MUY RIGUROSO (LA TECLA)
Con más demora de la habitual, el organismo de contralor dio a conocer casi el total de los fallos sobre los ejercicios 2012. Destacan las multas y cargos. Los valores y los porqués de las resoluciones
LAS MULTAS, LOS CARGOS Y EL ACCIONAR DEL TRIBUNAL
En la propia web del Tribunal de Cuentas, que es donde se publican los fallos, el organismo se encarga de detallar la diferencia entre multas y cargos. “Puede ocurrir que las cuentas que ha auditado sean aprobadas en su totalidad sin aplicar sanciones o, por el contrario, puede haber aplicado multas o cargos según corresponda”, comienza el escrito explicativo. Agrega que “para las multas y cargos se fija el plazo de 90 días para que el funcionario proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, cuenta nro. 1865/4 (multas) y cuenta nro. 108/9 (Cargos), a la orden del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar en forma fehaciente a este organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el art. 159 de la Constitución Provincial (art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias)”. A su vez aclara que “para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Tribunal de Cuentas dentro del plazo que establece el art. 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado actuante, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones arriba descriptas”.
......PINAMAR
Se aplicaron multas de $ 5.000 al ex intendente Hernán Muriale, de $ 4.000 a la contadora Nora Reynares Solari, de $ 4.500 al intendente Blas Altieri y de $ 3.500 al secretario de Gobierno y Seguridad Juan José Rodríguez. Entre otras cosas, por la falta de concordancia entre los saldos contables correspondientes a los Fondos Ordinarios, Afectados y de Terceros, y su respaldo en caja y bancos. Se suma un cargo de $ 1.646,35 por el que deberá responder Muriale. .........
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