"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -

"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL

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viernes, 27 de noviembre de 2015

PINAMAR, MUNICIPIO LIBRE DE HUMO

Pinamar, Municipio Libre de Humo.
La Ordenanza Municipal 4679/15 amplía la Ordenanza 0803/90 y declara al Partido de Pinamar como Municipio Libre de Humo a los fines de la prevención y la asistencia de la población ante los daños que produce el tabaquismo.
Es por eso que se prohíbe fumar en todos los espacios cerrados con acceso público como:
Lugares de trabajo cerrados.
Restaurantes, Bares y Confiterías.
Centros de enseñanza de cualquier nivel.
Establecimientos de guarda, atención e internación de niños en jardín maternal y de adultos en hogares de ancianos.
Espacios culturales y deportivos, incluyendo aquellos donde se realicen eventos de manera masiva.
Medios de transporte público de pasajeros.
Remises.
Estaciones terminales de transporte.
Unidades turísticas fiscales.
Cualquier otro espacio cerrado destinado al acceso público, en forma libre o restringida, pago o gratuita, no incluido en los precedentes.

www.msal.gov.ar/tabaco

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