La Dirección de Defensa al Consumidor, ante la proximidad de la temporada 2010-2011 y a los efectos de poner en conocimiento a comerciantes y prestadores de servicios; esta oficina de Omic sirve en informar, conforme lo tipificado por el articulo 47, de la Ley 24240 y articulo 73 de la ley 13133, que verificada la existencia de infracción, quienes la hayan cometido serán pasibles de las siguientes sanciones, las que se podrán aplicar independiente o conjuntamente, según resulte de las circunstancias del caso:
1) Apercibimiento.
2) Multa de pesos cien ($100) a pesos cinco millones ($5.000.000)
a) Incomparecencias injustificadas a las audiencias conciliatorias.
3) Multa de pesos cien ($100) a pesos quinientos mil ($500.000)
a) Falta de exhibición de precios (ley 22802 de lealtad comercial)
4) Decomiso de mercaderías
5) Clausura o suspensión del servicio
6) Pérdida de concesiones y privilegios.
Para más información dirigirse a la Oficina , ubicada en Del Valle Fértil Nº 234, Edificio de Hacienda, Tel.: (02254)49-1600 - Int.614. e-mail: consumidor@pinamar.gov.ar
"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
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