"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
martes, 10 de abril de 2012
PROYECTO PARA INSTALAR UN SOLAR DEDICADO A LA MEMORIA DE JOSE LUIS CABEZAS
PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
El expediente interno Nº…, caratulado …, originado ante la presentación efectuada por los vecinos y ciudadanos Daniel A. Quiña y Eduardo J. Fernández:
CONSIDERANDO:
Que el pasado 25 de enero de 2012 se cumplieron quince años del llamado “Crimen de José Luis Cabezas (1997)”, periodista, reportero gráfico y fotógrafo argentino, secuestrado en Pinamar y posteriormente asesinado, con el propósito de acallar y someter al resto de la prensa escrita, radial y televisiva, generando impunidad a sectores que siguen sin acatar mandatos institucionales que avalan la libertad de expresión que garantizan la seguridad a la comunidad;
Que tal hecho fue un atentado a la defensa de la libertad de expresión, no solo individual sino social. Libertad que se entiende como un elemento esencial de la dignidad, la razón y la conciencia de la comunidad;
Que el recuerdo y la promoción de lo acontecido contra las políticas de comunicación democráticas nos hacen posible asumir la libertad de prensa como un bien social, en defensa de los intereses generales y poder fortalecer los principios éticos y morales de nuestra sociedad;
Que cada año que transcurre disminuye ese recuerdo, desvirtuando de esa manera principios elementales para nuestra convivencia y que el tiempo no debe someter al olvido, como pretenden sectores que gozan de impunidad para poder repetirlos;
Que sería entonces muy importante, en defensa de esos principios y su memoria, designar “ Solar José Luis Cabezas” a un lugar emblemático de nuestro partido;
Que de acuerdo al Decreto Ley Nº 6769/58, Ley Orgánica de las Municipalidades, corresponde a la función deliberativa municipal, artículo 27º, texto según Decreto Ley 9117/78, inciso 4: la imposición de nombres a las calles y a los sitios públicos, y en su inciso 3: la conservación de monumentos, paisajes y valores locales de interés tradicional, turístico é histórico;
Que a fojas … del expediente del Visto, la familia del Sr. José Luis Cabezas, representada por su hermana, la Sra…, da su consentimiento para imponer ese nombre a un sitio de nuestro partido;
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias, sanciona la presente Ordenanza:
Art.1º: Designase a la rotonda ubicada en Av. Bunge y Av. Libertador Norte, de la localidad de Pinamar, como solar “José Luis Cabezas”.-
Art.2º: Dicha designación deberá ser identificada por el Departamento Ejecutivo mediante una visible placa de bronce, aclarando parte de los motivos que la justifican.-
Art.3º: El día que se deberá proceder a esa designación, será el 07/06/2012, coincidente con la celebración del “Día del Periodista” en nuestro país, debiendo el Departamento Ejecutivo proceder a invitar a periodistas, personalidades y funcionarios, tanto del ámbito regional, provincial, nacional é internacional, para poder resaltar el significado de tal evento.-
Art.4º: Los gastos ocasionados, se imputarán al Presupuesto de Gastos y Recursos en vigencia.-
Art.5º: Abrogase cualquier normativa anterior que identificase a dicha rotonda con otro nombre.-
Art.6º: De forma.-
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