"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
sábado, 24 de junio de 2017
1GANATE UNA TABLET¡
¡Todos los meses sorteamos una! Ponete al día con tus cuentas de inmuebles, adherite a la factura electrónica y listo. Es importante porque con tu aporte crecemos como ciudad. La promo comienza en agosto y finaliza en diciembre. ¡Sorteamos todos los meses! Conocé acá las bases y condiciones para ser parte:
“Sorteo de Premios para el Contribuyente adherido al Sistema de Factura Electrónica al día en el Pago de sus Obligaciones Tributarias”
Bases y Condiciones
1. Aceptación de las presentes bases y condiciones: La participación en la Promoción expresa la aceptación plena e incondicional de todos los términos de las presentes bases y condiciones. 2. Condiciones para participar: Pueden participar todos los contribuyentes por aquellas cuentas inmueble que hayan sido adheridas al Sistema de Factura Electrónica hasta el último día del mes inmediato anterior al del sorteo y que hayan tenido “libre deuda”, hasta el último día del antepenúltimo mes al del sorteo., pudiendo sumarse paulatinamente a futuros sorteos a llevarse a cabo en los próximos meses todos los contribuyentes asociados a las cuentas que cumplan los requisitos. La adhesión al Sistema de Factura Electrónica podrá efectuarse ingresando en la página web oficial “pinamar.gob.ar” o bien acercándose a la Dirección de Recaudación en el edificio de la Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico, sito en Av. Valle Fértil 234. 3. Fechas de comienzo y terminación: Se efectuará 1 (un) sorteo por mes durante la vigencia de la promoción desde el 1 de Agosto de 2017 hasta el 31 de Diciembre de 2017 inclusive. 4. Mecanismo de participación y sorteo:
a) Los contribuyentes que cumplan las condiciones para participar establecidas en el punto 2 de las presentes bases y condiciones, participarán del sorteo de 1(una) tablet por mes, la cual estará sujeta a disponibilidad de stock en cuanto a sus características particulares.
b) Los contribuyentes mencionados en el punto “a” deben cumplir las condiciones para participar establecidas en el punto 2 de las presentes bases y condiciones, y no necesitan ser titulares de las partidas, demostrando su obligación tributaria sobre las tasas con copia certificada del contrato de locación debidamente sellado, y certificación de las firmas de sus partes (locador/titular de la partida y locatario). En el caso de ser “representantes” de los titulares de las partidas, deberán acreditar su condición de tal ante la Dirección de Recaudación de la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico presentando original y copia del poder correspondiente con firmas certificadas.
c) El premio no será canjeable por dinero ni por ninguna otra prestación, y se establece en 1 (una) tablet por mes, no pudiendo repetir el destinatario beneficiario del sorteo durante el mismo ejercicio anual.
d) El proceso del Sorteo se realizará mediante la asignación aleatoria por sistema electrónico de un número de 4 dígitos del 0000 al 9999 para cada partida municipal en condiciones de participar, número que variará mensualmente y que determinará el ganador que resultará de la última jugada de cada mes de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires nocturna, extrayéndose de la individualización numérica de la partida municipal identificada con este número de 4 dígitos. Dicha asignación variable y aleatoria, será informada por publicación general en la página web. En caso de no existir, en el Listado de Cuentas Inmueble en condiciones de participar del sorteo del mes, ningún número aleatorio que coincida con el primer número que haya salido en los premios de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires se pasará al segundo numero ganador, en caso de repetirse la situación, se procederá de igual manera hasta que surja el ganador o se hayan agotado los 20 números del sorteo. En el caso de quedar vacante, el
premio será sumado a los del último mes de sorteo previsto para el ejercicio en curso. Los premios vacantes del último mes del ejercicio quedaran a disponibilidad del municipio para ser sorteados en otros ejercicios o el destino que este disponga.
El resultado será verificado y certificado por la Comisión del Sorteo a cargo, y no será necesario que el ganador se encuentre presente en la localidad para concluir como beneficiario.
5. Difusión de los ganadores: El número de cuenta inmueble, el numero aleatorio asociado, Nombre y Apellido y, tipo y numero de documento del Contribuyente asociado a la cuenta ganadora serán publicados en la página web oficial pinamar.gob.ar, y se enviará un correo electrónico de notificación a cada uno de los ganadores a la dirección de e-mail declarada por el contribuyente para la recepción de la factura digital, informándosele del resultado.
El premio podrá ser retirado por el ganador contra la presentación de su DNI/poder de representación (original y copia en las condiciones mencionadas en el punto “b”) en la Dirección de Contrataciones sita en Av. Del Valle Fértil 234 , a partir del primer día hábil siguiente al sorteo de Lunes a Viernes de 7:30 a 13:30 hs.
6. Modificación y Terminación de la Promoción: Cuando circunstancias no previstas lo justifiquen, La Municipalidad podrá cancelar, suspender o modificar las Bases y Condiciones, comunicando tal circunstancia por los mismos medios por los que se dan a conocer estas Bases y Condiciones. Cualquier cuestión no prevista en estas Bases y Condiciones será dirimida por La Municipalidad. 7. Autorización: Los ganadores autorizan a La Municipalidad, por la sola participación en el concurso, a publicar el número de cuenta inmueble, el numero aleatorio asociado, Nombre y Apellido y, tipo y numero de documento del Contribuyente asociado a la cuenta ganadora e imágenes y a emitirlas en cualquier medio de difusión, ya sea televisivo, internet u otro, con fines comerciales o promocionales, sin compensación alguna, por un período de hasta 24 meses luego de finalizada la Promoción para la Adhesión a la factura Digital/Electrónica municipal. 8. Limitación de responsabilidad: La Municipalidad no será responsable por eventuales daños y/o perjuicios ocasionados a los ganadores y/o terceros en sus personas y/o bienes debido a o en relación con el uso o goce de los premios otorgados.
La Municipalidad, por sí o a través de terceros, entregará los premios en perfecto estado y no se responsabiliza en caso de desperfectos, por su reemplazo o por la reparación de cualquier daño o pérdida que su utilización pudiere ocasionar, ya fuere a los ganadores o a terceros, en sus personas o en sus bienes, debido a, o en ocasión de la utilización, uso o goce de los Premios que en esta Promoción se ofrecerán. Tampoco será responsable La Municipalidad de ningún gasto, incluyendo, sin limitación, los relativos a impuestos, patentes, tasas y demás que los potenciales ganadores deban realizar para el retiro, utilización o inscripción, en su caso, de los Premios. 9. Interpretación: La Municipalidad se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes bases y condiciones, circunstancia que los Participantes aceptan por el solo hecho de participar en “Sorteo de Premios para el Contribuyente adherido al Sistema de Factura Electrónica al día en el Pago de sus Obligaciones Tributarias”
Cualquier situación que pudiera plantearse con relación a la presente Promoción y que no estuviera expresamente resuelta por estas Bases y Condiciones, será únicamente dirimida por La Municipalidad mediante la Comisión del Sorteo a cargo, el Departamento Ejecutivo y la Asesoría Legal, y sus decisiones serán inapelables.
Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico- Municipalidad de Pinamar Av. Del Valle Fértil 234 – (7167) Pinamar - Tel. (02254) 49-1600 int. 639 - hacienda@pinamar.gov.ar
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