"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -

"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL

Acceder a suplemento Cariló

la casita

la casita

TELPIN

TELPIN
TELPIN

CALP

CALP

Elie

Elie

Bloque Inmobiliario

Bloque Inmobiliario

Bloque de Estetica

Bloque de Estetica

Bloque de Deportes

Bloque de Deportes

Bloque de Mascotas

Bloque de Mascotas

domingo, 20 de agosto de 2017

NUEVA LEGISLACION PARA LOS CENTROS CULTURALES


Luego de una serie de idas y vueltas, Pinamar tiene lista la ordenanza que regula la actividad de los Centros Culturales. Tras varios meses de trabajo y análisis en comisión con la participación de diferentes actores de la comunidad en el Honorable Concejo Deliberante, esta nueva legislación que define a los espacios culturales como "lugares aptos para la promoción y desarrollo de manifestaciones culturales actuales y potenciales", es una realidad.

 Algunas detalles sobre Centros Culturales:
Creación de los espacios culturales para la promoción y desarrollo de manifestaciones culturales.
Tipos de Centros Culturales: Casa de Artistas (domicilios particulares que destinen un sector a la realización de actividades culturales con capacidad máxima de 39 asistentes), Casas Culturales (Hasta 99 asistentes), y Centros Culturales (lugares con capacidad mayor a 100 personas).
No pagarán tasa de habilitación, seguridad e higiene.
Creación del registro de establecimientos culturales. Se dará en el ámbito de la Dirección de Cultura de Pinamar. Incluirá un archivo de programación anuales de Centros Culturales y se abrirá un Registro de Oposición por cada inscripción de nuevos espacios.
Creacion del "registro de oposición "para dar participación a vecinos ante inquietudes de futuras habilitaciones en zona residencial.
Se podrá anexar gastronomía sin venta de alcohol en zona comercial.
Se podrá anexar gastronomía liviana en zona no comercial solo para muestras y eventos de talleres.
Podrán comercializar productos que surjan de producción propia de cada taller.
Podrán cobrar entrada tipo "bono contribución" para ayuda a solventar gastos ante un evento.
Es bueno remarcar que todos los Centros deberán cumplir con los requisitos edilicios para ser habilitados: Acceso y egreso, sistema contra incendios, ventilación, sanitarios, seguros al día. Además de las cuestiones puntuales que tienen que ver con lo visual, ambiental, acústico y paisajístico.

Otra ordenanza que viene atada a la de Centros Culturales trata la creación del Consejo Municipal de Políticas Culturales cuya función será la de trabajar conjuntamente asesorando y promoviendo actividades culturales. Para estos fines se generarán las siguientes acciones:

Creación de un archivo de actividades culturales.
Creación del régimen de artistas e instituciones culturales.
Expresiones artísticas: Plásticas, Visuales, artesanías, danzas, letras, Música, teatro, gestor cultural.

No hay comentarios:

Publicar un comentario