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miércoles, 29 de mayo de 2013

"RAZONES PARA INVOCAR MI VOTO NEGATIVO A LA PRESENTACION DEL EJERCICIO ADMINISTRATIVO 2012", por CARLOS EGÜES

Por incumplir con lo dispuesto en el artículo 99º del el Reglamento de Contabilidad y Normas de Administración para Municipalidades, esto es no haber presentado al Concejo Deliberante, en tiempo y forma, la rendición de cuentas del período 2012.
El mencionado artículo indica que “el intendente elevará al Concejo Deliberante antes del 30 de marzo de cada año la Rendición de Cuentas correspondiente al Ejercicio anterior, la que será remitida a este Tribunal por el presidente del Concejo antes del 31 de mayo conjuntamente con el Acta de Sesión Especial en la que se procedió al examen de las cuentas de la Administración Municipal.
o Cabe destacar que la referida rendición de cuentas ha ingresado a la Comisión de Presupuesto y Hacienda el día 14 de Mayo, y aunque se alude por parte del Presidente del HCD que la misma se encontraba en dicha comisión, los concejales que integramos la misma no hemos tenido a disposición tales documentos. Por otro lado, según se verifica en el expediente respectivo, dicha rendición ingreso efectivamente al HCD el pasado 6 de Abril de 2013, aunque la notificación no se encuentra inserta en el último folio como debiera corresponder, sino al dorso de uno de los folios.
Por no haber efectuado la presentación de los trimestres correspondientes al Ejercicio 2012. El Intendente Municipal no ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 94º del Reglamento de Contabilidad y Normas de Administración para Municipalidades, siendo según el Artículo 92º responsabilidad del Intendente Municipal la Presentación de las Rendiciones de Cuentas Trimestral.
Por incluir gastos que han sido objetados y son el fundamento de algunos de los puntos de la destitución del ex Intendente Altieri.
Por contener gastos referidos a la contratación de reparación de móviles policiales, combustibles, neumáticos y otros insumos, que han sido objeto de la denuncia de una funcionaria municipal contra el DE, habiendo además una presentación judicial al respecto.
Por incluir gastos y contrataciones con ofertas únicas, así como también percepción de tasas por publicidad, alquiler de espacios públicos, entre otros, que son objeto de análisis, y solicitud de informes no satisfechos al presente.
Por haberse comprobado gastos tales como pago de horas extraordinarias, combustible, y otros durante el largo periodo de huelga de empleados municipales que no se condicen con la nula actividad registrada en ese periodo.
Sin perjuicio de los puntos mencionados de manera ilustrativa, debo señalar que no se agotan en esta enumeración, por el contrario, continuamos con el análisis y oportunamente haremos las presentaciones correspondientes tanto a la justicia, como a los órganos de contralor provincial.

Carlos A. Egües
Concejal
Bloque Acuerdo Progresista Radical

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