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viernes, 26 de diciembre de 2014

PUBLICAMOS COMUNICADO DEL CONCEJAL DR.ALBERTO ALFREDO GERMAIN

Estimados Señoras/es Periodistas:

Con pedido de publicación, adjunto al presente un extracto de la parte dispositiva de la sentencia dictada en fecha 15 de diciembre de 2014 por el Sr. Juez de Garantías N° 3 de Dolores, correspondiente a la causa 03-03-001826-13 caratulada "Funcionarios Públicos Municipalidad de Pinamar s / Posible Comisión de delito de acción pública", relacionados con los hechos de febrero de 2013, causa que fuera promovida por una institución de nuestro Partido. He omitido los nombres de todos los beneficiados con el fallo pues no tengo el consentimiento de los mismos para su publicación.

IPP 03-03-001826-13
“Funcionarios Públicos Municipalidad de Pinamar s/ Posible comisión de delito de acción púbica”
"Dolores, 15 de Diciembre de 2014. AUTOS y VISTOS: Para resolver en la presente causa y teniendo para ello a la vista la Investigación Penal Preparatoria N° 03-03-001826-13 y CONSIDERANDO: Que tal como surge del contenido a despacho, el Sr. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada N° 3 de Pinamar, Dr. Juan Pablo Calderón, solicita el Sobreseimiento de los imputados que han sido notificados del contenido del art. 60 del CPP conforme constancias de fs. 350/359, estos son PAE, GMB, EAP, JLP, HFM, JLB, VP, DHL, JFSM y Alberto Alfredo Germain, en orden al delito de Abuso de Autoridad previsto y penado por el Art. 248 del Código penal. Que de conformidad con lo estatuido por el art. 324 del C.P.P., deben analizarse las causales, en el orden establecido en el art. 323 del mismo cuerpo legal, luego de lo cual arribo a las siguientes conclusiones: ....  Entiende el suscripto que con los elementos colectados en autos no se encuentra acreditado que los imputados hayan actuado con el fin específico de violar la ley que prohíbe la indexación, deviniendo atípica la conducta investigada. ... resulta procedente el dictado del sobreseimiento solicitado por el Sr. Agente Fiscal respecto de los encausados, por lo que se omite el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a que alude el art. 323 del C.P.P.- POR ELLO: Argumentos expuestos y lo establecido por el Art. 321 y 323 inc. 3° y 6° del C.P.P. RESUELVO: SOBRESEER  TOTALMENTE a PAE,  GMB,  EAP, JLP, HFM, JLB, VP, DHL, JFSM y ALBERTO ALFREDO GERMAIN ... en orden al delito de ABUSO DE AUTORIDAD previsto y penado por el art. 248 del Código Penal..."

Deseándoles a Uds. en estas fiestas Navideñas los mejores augurios para un venturoso año 2015, les quedo agradecido por la publicación solicitada, y a vuestra disposición.

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