"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -
"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL
lunes, 4 de junio de 2012
RESOLUCIONES SOBRE TELEFONIA CELULAR
La Dirección de OMIC y Desarrollo Local informa que la resolución de la Secretaría de Comunicaciones por la cual las prestadoras de telefonía celular no podrán cobrar si no se concreta la llamada.
La Resolución N° 45/2012 se publicó el 1° de junio en el Boletín Oficial y establece 30 días para que las prestadoras se adapten a la nueva normativa. Es decir, entrará en vigencia el 1° de julio. Según la resolución sólo se podrá cobrar la llamada por teléfono celular cuando la otra persona atiende o cuando lo hace el contestador, y a partir de allí lo que dura la conversación.
La resolución, de la Secretaría de Comunicaciones pone "en ejercicio los derechos establecidos en la Constitución Nacional" para "defender a los consumidores".
Por otra parte OMIC informa que se efectiviza el resarcimiento a clientes de Movistar. Hemos recibido notificaciones por parte de consumidores que confirman que la resolución 824/12 de la Comisión Nacional de Comunicaciones está siendo efectivizada.
Se trata de la acreditación de un monto de $10 a los clientes de la empresa Movistar que, recordemos, el día 2 de abril sufrieron un corte en el servicio que los dejó sin posibilidad de hacer llamados ni de mandar mensajes de texto. El mensaje que muchos usuarios están
recibiendo dice: "Te contamos que durante la noche acreditamos $10 extra en tu línea Movistar en resarcimiento por el evento del 2/4 en la red. Res. 824/12".
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