"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -

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lunes, 26 de diciembre de 2011

PERSECUCION DEL EJECUTIVO A 8 GUARDAVIDAS


8 guardavidas fueron sancionados y perdieron su jornal por haber participado de la medida de fuerza que durante una jornada dejó sin ese servicio tan esencial a los bañistas. Todo esto dicho de la forma anterior, para Ud. resulta lógica lo dispuesto por el Municipio, pero esta medida extrema llega luego de haber presentado sucesivas notas de parte de la Asociación de Guardavidas (único sindicato reconocido por el Ministerio de Trabajo Nacional para los trabajadores que practican esta actividad en Pinamar, teniendo personería jurídica) solicitando elementos para llevar a cabo sus tareas tal cual lo detalla la legislación vigente y la incorporación de 25 guardavidas para dar una cobertura correcta a la costa pinamarense habilitada.
También debemos señalar que a través de charlas mantenidas con el Secretario de la Asociación Sr. Fernando Spinach la medida de fuerza fue notificada con anterioridad a la Municipalidad de Pinamar y al Ministerio de Trabajo Nacional, y mediante volantes distribuidos el día anterior a las personas que frecuentaban la playa a través de volantes.
Saque Ud. la conclusiones correspondientes. Que se puede esperar de funcionarios que no acatan un artículo de la Constitución Nacional?

Artículo Nº 14 bis:
"El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagadas; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: Concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna para vivir".

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