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jueves, 8 de agosto de 2013

AUMENTARA LA TASA POR SERVICIOS URBANOS?


Nuevos honorarios de los Arquitectos de la Provincia:
¿Qué hará la Municipalidad al respecto?
¿Cómo se calcula la Tasa por Servicios Urbanos?


Según la Ordenanza 4239 de 2013, la Valuación Fiscal Catastral toma como valor de referencia el Valor del metro cuadrado de construcción, que el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (CAPBA) utiliza para el cálculo de los honorarios de sus matriculados.
Los honorarios fijados por el Colegio a partir de Agosto de 2012 eran de $3.300 el m2 (Resolución 55/12 de CAPBA). En Marzo de 2013 esos honorarios fueron incrementados. Hoy ascienden a la suma de $3.800 el m2 (Resolución 3/13 de CAPBA).

Indexación de la Tasa por Servicios Urbanos
Oportunamente alertamos a nuestros asociados y a las autoridades municipales que pretender atar el valor de los inmuebles de Pinamar a valores fijados por privados era insensato y por demás peligroso.
Hoy se verifica aquello que oportunamente habíamos denunciado desde la AEHG de Pinamar: LA INDEXACIÓN AUTOMÁTICA, Y POR TANTO PROHIBIDA POR LEY NACIONAL, DEL MONTO FINAL DE LA TASA POR SERVICIOS URBANOS. Lo cual la torna en inconstitucional.
El aumento de los Honorarios tomados como Valor de Referencia para el cálculo de la Tasa es del orden del 15%. Ese será el impacto que tendría en la Valuación Fiscal Municipal que, según lo dispuesto en la Ordenanza 4239,s e utiliza para el cálculo de la tasa.

La AEHG de Pinamar reclama:
Es imperioso que la Municipalidad de Pinamar, a través de su Departamento Ejecutivo y/o del Concejo Deliberante se aboquen de inmediato a derogar el artículo 108 bis del Código Tributario (incorporado por la Ordenanza 4239 de 2013) y procedan a considerar como Valuación Fiscal la establecida por la Dirección Provincial de Catastro de la Provincia de Buenos Aires, única autoridad de aplicación del Catastro Provincial.


Diana Lía Fruniz Secretaria       Héctor Covello Presidente

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