"EL UNICO PATRIMONIO DEL PERIODISTA ES SU BUEN NOMBRE. CADA VEZ QUE SE FIRMA UN TEXTO INSUFICIENTE O INFIEL A LA PROPIA CONCIENCIA, SE PIERDE PARTE DE ESE PATRIMONIO, O TODO" - Tomás Eloy Martinez -

"Al hombre se le puede arrebatar todo, salvo una cosa: La última de las libertades humanas -la elección de la actitud personal que debe adoptar frente al destino- para decidir su propio camino" - VIKTOR FRANKL

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lunes, 16 de abril de 2018

BROMATOLOGIA: RETIRO DE PRODUCTO


Ministerio de Salud Secretaría de Regulación y Gestión Sanitaria A.N.M.A.T. Instituto Nacional de Alimentos:

Retiro Clase II NIUR Nº 0020-18 A todas las jurisdicciones bromatológicas del país y delegaciones del INAL. Me dirijo Ud. A fin de poner en su conocimiento que, según lo informado por el Dpto. Auditoria del Instituto Biológico-Oficina de Alimentos, Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires la Empresa Alimentos Refrigerados S.A. RNE 02-030.201, quien cuenta con una planta en la localidad de Arenasa Partido de Lincoln, Provincia de Buenos Aires, ha detectado variaciones en las características organolépticas de los productos mencionados a continuación, por lo que de manera preventiva, procedió a iniciar el retiro debido a un incidente que se produjo en el Sistema de Limpieza de un tanque fermentador, el cual contaminó el producto.

Los Productos afectados corresponden a Yogures Marca "SanCor Yogs” y están identificados con el número de lote (L XXXX) y a continuación un complemento que indica la Planta Elaboradora (C para Córdoba y A para Arenaza) y el horario de fraccionado. En este caso, los productos indicados son los que el complemento se inicia con la letra A. Por lo que aquellos productos, cuyo complemento inicia con la letra C, no están comprometidos. Ejemplo: 27 SEP L 1608 AE01:15 Donde: 27 SEP – Fecha de Vencimiento del producto L 1608 – Número de Lote – El producto se elaboró el 16 de agosto A – Planta elaboradora – Arenaza. E – Fraccionadora 01:15 – Hora de fraccionado.

 • Yogures bebible Sachet 900 gr. y 1000 gr. Lote N° 1903 –Vencimiento 23 y 24/04/18 Lote N° 2003 – Vencimiento 23 y 24/04/18 Lote N° 2103 – Vencimiento 26/04/2018 Lote N° 2203 – Vencimiento 23 y 24/04/2018 Lote N° 2303 – Vencimiento 23 y 24/04/2018 Lote N° 2403 – Vencimiento 28/04/2018.

• Yogur bebible envase cartón (botella) 1 lt. y ½ lt. Lote N° 1903 – Vencimiento 30/04/2018 Lote N° 2003 – Vencimiento 01/05/2018 Lote N° 2103 – Vencimiento 02/05/2018 Lote N° 2203 – Vencimiento 03/05/2018 Lote N° 2303 – Vencimiento 04/05/2018.

Hasta el momento, la empresa no ha informado su distribución. Por lo expuesto, se solicita que, en caso de detectar la comercialización del producto en esa jurisdicción, proceda de acuerdo al art. 1415, Anexo 1, numeral 4.1.1 del Código Alimentario Argentino, concordado con los art. 2º, 9º y 11 de la ley 18.284, informando a este Instituto acerca de lo actuado.

El retiro ha sido categorizado como Clase II, lo que significa que presenta probabilidad razonable de consecuencias adversas temporarias y/o reversibles para la salud de los consumidores, por lo que deberá extenderse hasta el nivel minorista.

Buenos Aires, 14 de abril de 2018 Dto. Vigilancia Alimentaria INAL – ANMAT Tel/Fax: 0-800-222-6110 /(011) 4340-0888/9.

 vigi.alimentaria@anmat.gov.ar 

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